El 21 de septiembre de 2022 se ha iniciado el plazo de presentación de solicitudes para pedir el bono Alquiler Joven en Madrid.

El bono alquiler joven de Madrid está destinado a los menores de 35 años que alquilen una vivienda o una habitación en la región de Madrid y consiste en una ayuda de 250 € mensuales con el límite del importe mensual de la renta del alquiler o del precio de la cesión subvencionable, durante máximo de 24 mensualidades.

Para poder acceder al bono alquiler joven en Madrid hay que cumplir estos requisitos:

    • Tener entre 18 y 35 años de edad, inclusive, en la fecha de la solicitud
    • No tener parentesco en primer o segundo grado con el arrendador, ni el arrendatario ni los convivientes, ni ser socio o partícipe del arrendador, ni el arrendatario ni los convivientes.
    • Tener nacionalidad española o residencia legal en España.
    • Ser titular de un contrato de alquiler de vivienda conforme a la LAU, de cesión de uso o de habitación, o estar en disposición de suscribirlo.
      Que la vivienda alquilada constituya la residencia habitual y permanente.
    • Contar con una fuente regular de ingresos que  reporte unas rentas anuales (incluidos los ingresos de las personas que residan en la vivienda, sean o no como titulares del contrato)  inferiores a 3 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). En el alquiler de habitación solo se tienen en cuenta los ingresos de la persona que alquila y, además, si en una misma vivienda conviven dos o más personas que cumplen los requisitos económicos para acceder al bono alquiler joven cada una de ellas podrá ser beneficiaria si o tienen parentesco en primer grado de consanguinidad, no bien todos tengan una edad no superior a 35 años
    • No estar incurso en alguna de las circunstancias previstas en el art. 13 de la Ley General de Subvenciones.
    • No haber sido objeto de revocación de las ayudas previstas en un Plan de Vivienda.
    • No ser propietario o usufructuario de una vivienda en España, ni el arrendatario, ni los convivientes, salvo casos de:
      • partes alícuotas de herencias
      • No disponibilidad por separación o divorcio
      • Inaccesibilidad  por discapacidad
      • Imposibilidad de ocuparla por causas ajenas a su voluntad.
  • De forma general, la renta mensual del piso que se alquila no puede superar 600 € mensuales (hay excepciones en 29 municipios).
  • De forma general, la renta por habitación no puede superar los 300 € mensuales (hay excepciones en 29 municipios).

El límite máximo se amplía a 900 € mes en  el alquiler de un piso y 450 € en el alquiler de habitación, en  Alcalá de Henares, Alcobendas, Alcorcón, Algete, Arroyomolinos, Boadilla del Monte, Getafe, Collado Villalba, Coslada, Fuenlabrada, Galapagar, Las Rozas de Madrid, Leganés, Madrid, Majadahonda, Móstoles, Parla, Pinto, Pozuelo de Alarcón, Rivas Vaciamadrid, San Fernando de Henares, San Sebastián de los Reyes, Torrejón de Ardoz, Torrelodones, Tres Cantos, Valdemoro, Villanueva de la Cañada, Villanueva del Pardillo o Villaviciosa de Odón.

Dónde pedir el bono alquiler joven en Madrid

El bono alquiler joven es una ayuda estatal que pide a través de las comunidades autónomas. En la Comunidad de Madrid, la solicitud se puede presentar de forma presencial en las oficinas de Registro de la Comunidad de Madrid entregando el formulario cumplimentado y la documentación necesaria o de forma telemática, subiendo la documentación al Registro Electrónico (la Comunidad de Madrid aconseja hacerlo así).

El modelo oficial de solicitud y los anexos se pueden descargar ene la web de bono alquiler joven de la Comunidad de Madrid. donde está también toda la información para presentar la solicitud. Para presentar los documentos firmados se aconseja usar de Autofirm@.

  • Contrato de alquiler.
  • Certificado de empadronamiento colectivo e histórico.
  • Copia del permiso de residencia de larga duración o  de residencia temporal, en caso de ser extranjero no comunitario.
  • Justificantes de los pagos del alquiler de las mensualidades vencidas
  • Documentación que acredite que se dispone de una fuente regular de ingresos.
  • Declaración del IRPF o certificado de imputaciones de la AEAT u otra documentación que justifique los ingresos anuales de 2021 de arrendatarios y las personas mayores de edad de la unidad de convivencia.
  • Si se ha disfrutado del Bono Alquiler Joven en otra comunidad o ciudad autónoma hay que incluir un certificado expedido por la Administración de origen con las cuantías y las mensualidades ya reconocidas.
  • Nota de Localización del Servicio de Índices del Registro de la Propiedad, de titularidades inscritas a favor del solicitante y de todas las personas que tengan su domicilio habitual y permanente en la vivienda arrendada o cedida. Si en dicha nota, figura que se es titular de otro inmueble, hay que aportar Nota Simple del Registro de la Propiedad referido al mismo y, en su caso, documentación que acredite no poder disponer de la vivienda.

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