El Consejo de Ministros ha aprobado ya el anteproyecto de Ley de Familias que se espera que se aprueba definitivamente y entre en vigor en 2023.
La nueva ley de familias cambia el concepto de familia numerosa, que, una vez que se apruebe definitivamente la ley, formará parte de la denominación “Familias con mayores necesidades de apoyo a la crianza’ que también incluirá a las familias monoparentales con dos hijos formadas por un progenitor que tiene la custodia de los hijos que no recibe pensión de alimentos (los viudos con dos hijos ya son familia numerosa), a las familias con dos hijos encabezadas por una víctima de violencia de género , familias con dos hijos en la que un progenitor esté en tratamiento hospitalario durante un año o haya ingresado en prisión y a las familias con dos hijos con un ascendiente o descendiente con discapacidad.
Categoría especial con 4 hijos
Además también cambian los requisitos para obtener la categoría especial Si se aprueba la ley, tal y como está planteada, se podrá ser Familia numerosa especial con 4 hijos, es decir, según la nueva ley «familia con mayores necesidades de apoyo a la crianza de categoría especial». También se podrá ser familia numerosa de categoría especial con 3 hijos y un límite de ingresos (hasta el 150% del IPREM). O 3 hijos si ha habido parto múltiple
Actualmente, la categoría de familia numerosa especial se concede a las familias con 5 hijos o más, a las familias con 4 hijos y un límite de ingresos y a las familias de 4 hijos en caso de parto múltiple.
Las familias numerosas de categoría especial tienen más beneficios que las familias numerosas de categoría general. Puedes ampliar información en este artículo sobre Ayudas para familias numerosas
Según datos de la Federación Española de Familias Numerosas (FEFN), que lleva tiempo pidiendo este cambio en el concepto de familia numerosa especial, en España hay 90.800 familias numerosas de 4 hijos.
TAMBIÉN TE PUEDE INTERESAR
- La ayuda de 1000 euros por nacimiento
- Cómo conseguir una canastilla con productos de bebe gratis
- Ayudas para las familias
- El título de familia monoparental: dónde y cómo se pide
- Ayudas para personas con discapacidad
- Qué tener en cuenta en el divorcio cuando hay hijos menores
- ¿Hay que pasar pensión de alimentos si no hay relación con los hijos?
- Cómo pedir el permiso por nacimiento
- Cómo pedir una reducción de jornada por cuidado de hijo
- Cómo pedir la prestación por cuidado de hijo con enfermedad grave
¿Quieres recibir las últimas noticias por mail? Pincha aquí
Información básica sobre Protección de Datos para los comentarios:
- Responsable: Marta Rubio del Castillo. Más info
Correo electrónico: info@paginadepruebas.mujerymadrehoy.com - Finalidad: Moderación de comentarios para evitar el spam y gestión de suscripciones al blog. No usaré el mail para ningún tipo de fines comerciales ni publicitarios.
-
Legitimación: Consentimiento del interesado.
- Derechos: A acceder, rectificar y suprimir los datos, así como otros derechos detallados en la información adicional.
- Información adicional: Disponible la información adicional y detallada sobre la Protección de Datos Personales de mi web en política de privacidad
0 comentarios